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lunes, 7 de mayo de 2012

Informe Nro 033-2012-SUNAT/4B0000 Para efectos tributarios la Participación de los trabajadores en las Utilidades ¿Es Costo o Gasto?

Para la determinación de la renta imponible de tercera categoría, la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas en todos los casos constituye gasto deducible del ejercicio al que corresponda, siempre que se pague dentro del plazo previsto para la presentación de la declaración jurada anual de ese ejercicio.


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