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lunes, 2 de enero de 2012

PRORROGAN HASTA 31 DE DICIEMBRE DE 2012 EXONERACIONES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA

Las exoneraciones previstas en el artículo 19 del Texto Único Ordenado (TÚO) de la Ley del Impuesto a la Renta se prorrogarán hasta el 31 de diciembre del 2012. Así se ha dispuesto mediante la Ley Nº 29820, publicada el miércoles 28 de diciembre del 2011.
Cabe recordar que el texto anterior del artículo 19 del señalado TUO preveía que la exoneración tendría vigencia hasta el 31 de diciembre del 2011.

Entre las rentas objeto de exoneración figuran las que las sociedades o instituciones religiosas destinan a la realización de sus fines específicos en el país, las de fundaciones afectas y de asociaciones sin fines de lucro, los intereses provenientes de créditos de fomento, las rentas de los inmuebles de propiedad de organismos internacionales, los intereses y demás ganancias provenientes de créditos concedidos al Sector Público Nacional, la obtenidas por universidades privada, entre otras. 
Finalmente, la norma en su artículo segundo dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas enviará a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República un informe sobre las mencionadas exoneraciones con el fin de evaluar sus beneficios y alcances. Para tal efecto, contará con un plazo de 90 días a partir del día siguiente de publicada la ley bajo comentario.

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