A estas alturas ya debemos de haber realizado la Planilla de Remuneraciones que corresponde al mes de Agosto del 2011. De acuerdo a las ultimas disposiciones dadas por la SUNAT ( Resolución de Superintendencia Nro 212-2011/SUNAT y la Resolución de Superintendencia Nro 211-2011/SUNAT) se debe de utilizar la Planilla Electrónica Versión 1.9.
En caso que tengamos que se tenga que ingresar la información de un trabajador debemos considerar dos procedimientos: 1) Dar la alta en el T-registro 2) Ingresarlo a la Planilla Electrónica Versión 1.9. Este hecho es una consecuencia de la falta de interacción entre ambos sistemas, situación que sera superada con la entrada en vigencia del PLAME.
Si bien muchos colegas consideran este hecho como la generación de un trabajo innecesario, que requiere invertir tiempo y dinero; debemos de reconocer que la postergación de la entrada en vigencia del PLAME sirve para preparar el software que utilicemos para controlar la mano de obra para que interactue con la Planilla Mensual (PLAME), es importante recordar que debemos revisar las tablas paramétricas comentadas.
Debido a que el Plazo para la Alta de un Trabajador en el T-Registro debe ser el dia en el cual inicia sus labores en la organización, debemos coordinar con el área de Recursos Humanos con relación a la firma de contratos e inicio de labores con la finalidad de evitar incurrir en infracciones de tipo laboral.

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