Fallo del TC vulnera normas tributarias al no permitir que el empleador descuente el ir
Sobre el reciente fallo del Tribunal
Constitucional (TC) en el que éste resuelve a favor del trabajador
demandante, disponiendo que de los montos que deben ser pagados por el
empleador no deben ser sujeto a ningún descuento ni retención, Guillermo
D. Grellaud opina que responde a un desconocimiento de las normas
constitucionales, tributarias y previsionales.
Agrega
que dicho fallo lleva a los empleadores a un incumplimiento
obligatorio de su obligación de retener, siendo probable que la Sunat
exija al empleador el pago de los montos no retenidos más multas e
intereses.
Ante ello Grellaud considera que la decisión del TC debe ser aclarada cuanto antes.
Fuente: Diario Oficial El Peruano
No hay comentarios:
Publicar un comentario